BENEFICIARIOS
Todo habitante del país, que carezca de recursos para subvenir a sus necesidades vitales, y esté incapacitado en forma absoluta para todo trabajo remunerado, según dictamen del Area de Medicina Laboral del B.P.S.
Mantendrán el derecho al cobro de la prestación o podrán adquirir el mismo quienes residan en la República Argentina o en la República Federativa de Brasil a no más de 5 km de la frontera.
REQUISITOS
Prueba de carencia de recursos: se toman en cuenta los ingresos del solicitantes y de sus familiares civilmente obligados a prestarle alimentos, convivan o no con él.
Ingresos del solicitante:
Personas con dictamen de discapacidad común:
Personas con dictamen de discapacidad común: podrán tener ingresos de actividad, o
jubilación común generada por dicha actividad, siempre que dicho ingreso no supere en tres veces
el monto de la pensión invalidez, $ 6.100,03 (Vigencia 01/2013).
Personas con dictamen de discapacidad severa. No se tomaran en cuenta los ingresos por sueldos o remuneraciones por empleo público o privado propios o del núcleo familiar. Tampoco el inmueble que habita el discapacitado ni los bienes muebles existentes en dicha vivienda.
En todos los casos en que exista declaración judicial de curatela, se considerará al solicitante como discapacitado severo.
Esta prestación es compatible con el subsidio servido por la Comisión Honoraria de la Liga Uruguaya contra la Tuberculosis.
Ingresos de Familiares Obligados
A continuación se detallan los topes de ingresos, de acuerdo a la categorización de los familiares obligados, que están regulados por cantidades de "Bases de Prestaciones y Contribuciones" (BPC), cuyo valor actual es de $ 2.598,00 (vigencia 01/2013): :
TOPES DE INGRESOS
FAMILIARES QUE CONVIVEN CON EL SOLICITANTE
| CONYUGE |
3 B.P.C. |
| HIJO O HERMANO SOLTERO |
2 B.P.C. |
| HIJO O HERMANO CASADO, sin hijos |
3 B.P.C. |
| HIJO O HERMANO CASADO con hijos menores |
3 B.P.C.+40% de la BPC por c/hijo menor |
| PADRES SOLOS |
3 B.P.C. |
| PADRES c/ hijos menores |
3 B.P.C.+40% de la BPC por c/hijo menor |
En caso de tener a cargo menores o incapacitados de cualquier edad se le sumara un 40% de la BPC por cada uno.
FAMILIARES QUE NO CONVIVEN CON EL SOLICITANTE
| SOLTEROS |
8 B.P.C. |
| CASADOS |
10 B.P.C. |
Más 40% de la BPC por cada menor de 18 años o persona con discapacidad a cargo.
NOTA: En casos en que estos familiares fueran casados, se tomara el 50 % de los ingresos líquidos de la pareja, incluidos padres y esposos del gestionante.
Fecha de inicio del beneficio: Corresponde a la fecha de la resolución de la Gerencia Departamento Pensión Vejez en Montevideo o de las Gerencias Departamentales en el Interior.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Ciudadanos Naturales, Legales y Extranjeros: Cédula Identidad vigente.
En cualquiera de los casos presentar además:
- Constancia de domicilio (recibos de O.S.E., U.T.E., A.N.T.E.L., o de la Seccional Policial correspondiente)
- Certificado médico en formulario proporcionado por B.P.S. avalando la discapacidad que tenga el solicitante.
- Al concurrir a pericia médica se deberá aportar todos los antecedentes clínicos o radiológicos que se posean sobre la enfermedad del titular.
REHABILITACIÓN DE PAGOS
Causas
AUSENCIA DEL PAIS: Los pensionistas que se ausenten del país, no pueden percibir la pasividad. Cuando regresen tienen derecho a volverla a percibir (presentar pasaporte o constancia de regreso expedida por la empresa que las transportó o por la Dirección Nacional de Migración).
Si se comprobare que el beneficiario se ausentó del país, cesará de percibir la prestación, salvo que se hubiera ausentado por un máximo de 30 días con previo aviso.
POR NO PRESENTARSE A COBRAR: Cuando el pensionista no cobre, caducara sus recibos. Podrá volver a percibirla acreditando su existencia.
. En caso de privación de libertad, para rehabilitación de pago deberá acreditar el período de reclusión, mediante certificado de encarcelación/excarcelación.
¿DÓNDE SE REALIZA EL TRÁMITE?
MONTEVIDEO:
Sección: Solicitudes y Documentación, Edificio Sede, Mercedes 1880, en el horario de 09:15 hs. a 16:00 hs.
Solicitar número en el horario de la mañana.
INTERIOR:
En las Sucursales y Agencias del B.P.S., en el horario de 09:15 hs. a 16:00 hs.