Corresponde a la solicitud de clausura de la empresa en caso de fallecimiento del titular.
Empresas contribuyentes
Deberá realizarse dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de fallecimiento. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Las consultas se canalizan a través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Registro -Trámites Exclusivos.
Este medio podrá ser utilizado para quienes no son apoderados y deben realizar la gestión.
Los apoderados del servicio doméstico que el titular hubiera registrado pueden realizar la gestión a través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, en el que deben seleccionar el tema Registro de contribuyentes exclusivos BPS, el trámite Clausura contribuyente exclusivo BPS y la gestión correspondiente.
Por favor, califique el contenido.