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Declaración de testigos para jubilación o pensión

A través de este trámite, los testigos podrán prestar declaración para la prueba de servicios de usuarios con solicitudes de jubilación, pensión o reconocimiento de servicios anteriores al 1/4/1996.

A quién corresponde

Testigos para jubilación, pensión o reconocimiento de servicios anteriores al 1/4/1996.

Requisitos

  • Haber iniciado el trámite jubilatorio.
  • Los testigos deberán presentarse con cédula de identidad (vigente y en buen estado) y deberán conocer fehaciente los períodos y la actividad del titular del trámite.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • (2) 1997

    De lunes a viernes de 8 a 18 h.



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