Ley N° 18.305 del 18/06/2008.
Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N° 27.513 del 26/06/2008.
Vigencia: 01/08/2009.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.).