Ley Nº 18.923 de 11/07/2012.
Vigencia: 01/07/2014.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitud de jubilaciones independientes).