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Trámites de Seguridad Social entre Uruguay y Bolivia

Corresponde al Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, vigente a partir del 1/10/2011. Comprende a personas que hayan tenido actividad laboral en Bolivia y permite acumular períodos de servicio en Bolivia y en Uruguay, pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones, realizar gestiones y solicitudes de prestaciones en el otro estado. La acumulación de períodos de servicios consiste en la suma de años de aportes en ambos países. Cada país abonará las prestaciones de forma independiente según la cantidad de años aportados y siempre que se alcancen los requisitos establecidos por cada estado.

A quién corresponde

Trabajadores con años trabajados en Bolivia.

Requisitos

Pensión por vejez (jubilación)

  • 58 años de edad.

Pensión solidaria de vejez

  • 58 años de edad con una densidad de aportes de al menos 120 períodos (10 años).
  • Al amparo de la Ley 65 de 2010, se exige haber efectuado aportes al sistema de reparto vigente hasta el 30 de abril de 1997 y tener como edad mínima:
    • 55 años para los hombres
    • 50 años para las mujeres

Documentación a presentar:

  • Documento de identidad boliviano.
  • Cédula de identidad uruguaya.
  • Datos de la actividad laboral del titular, aportar documentación acreditante.

Consultas

Interior del país: podrá consultar a través de la casilla correspondiente a su localidad de acuerdo al siguiente listado.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • (2) 1997

    De lunes a viernes de 8 a 18 h.



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