El titular de la prestación puede autorizar el cobro de la Asignación familiar a su cónyuge o concubino, padres, suegros, hermanos o hijos mayores de edad, siempre que el pago se efectúe en BPS o en empresas contratistas (Abitab, Red Pagos, Anda y el Dorado).
Para realizar el trámite deberá presentarse el titular con cédula de identidad de ambos y en caso de que no esté registrado el vínculo familiar en BPS la documentación que lo avale: partida de matrimonio (con vigencia de 30 días) o partidas de nacimiento.
Para autorizaciones de cobro del Plan de equidad se realizará una declaración jurada y se analizará si corresponde autorizar o cambiar la titularidad de la prestación.
Montevideo:
Podrá reservar día y hora a través del servicio Agenda web o llamando al 1997 o 21997 desde el interior.
Interior del país: en unidades descentralizadas del BPS. Consulte la disponibilidad del servicio Agenda web en su localidad.
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