Exoneraciones para cooperativas de artistas y oficios conexos

Las cooperativas gozan de exoneraciones tributarias, que alcanzan los conceptos que se detallan a continuación:

  • Por los socios cooperativistas: los aportes patronales jubilatorio y al Fondo de Reconversión Laboral.
  • Por los trabajadores dependientes: el aporte patronal al Fondo de Reconversión Laboral.

A tener en cuenta: al realizar la inscripción, se gestiona la exoneración en forma simultánea.