Los Seguros convencionales de enfermedad deben enviar al Banco de Previsión Social y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social los estados financieros requeridos, con el objetivo de acreditar la viabilidad económica.
Beneficiarios
Seguros convencionales por enfermedad.
Trámite vinculado
Control financiero de Seguros convencionales
Normativa asociada
Decreto Ley 14.407 (.pdf 301 KB) (art. 41 y 48)
Decreto 221/011 (.pdf 133 KB) (art. 18 al 38)
Ley 18.731 (.pdf 274 KB) (art. 30 al 36)