Jubilados y pensionistas
Personas jubiladas o pensionistas que cumplan los requisitos al 28/2/2026.
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Están habilitadas a votar en el orden de Jubilados y pensionistas las personas que al 28/2/2026 eran:
- jubilados
- pensionistas por sobrevivencia mayores de 18 años
- pensionistas por invalidez mayores de 18 años
- pensionistas a la vejez
No están habilitados y, por lo tanto, no votan en este orden quienes cuenten con:
- asistencia a la vejez
- pensión especial reparatoria
- pensión sobre la pensión especial reparatoria
- pensión especial reparatoria Trans
- pensión graciable
- pensión para hijo de fallecidos por violencia doméstica
- pensión por delitos violentos
- renta del banco de seguros
