Es una prestación contributiva en dinero a la que tiene derecho todo trabajador en carácter de retiro de la actividad remunerada, siempre que reúna ciertos requisitos de edad y servicios registrados.
Trabajadores de:
70 años de edad y 15 años de servicio. En este caso puede Solicitar la jubilación en línea.
A partir del 01/02/2009 el acceso a esta causal se flexibilizó a:
Las causales por flexibilización aún no están disponibles para su solicitud en línea, en estos casos el asesoramiento sigue siendo presencial.
A partir de 01/02/2009 las mujeres computarán un año adicional de servicios por cada hijo natural nacido vivo o adoptado (siendo menor o mayor discapacitado) con un máximo de cinco.
No se podrán utilizar para reformar cédula jubilatoria alguna.
El 50 % del sueldo básico jubilatorio al configurarse la causal, más el 1 % del mismo por cada año que exceda de los respectivos mínimos de servicios que exige la ley, con un máximo de 14 %.
Asesoramiento y solicitud de jubilación
Descargar: Ley N° 16.713 (.pdf 476 KB)
Descargar: Ley Nº 18.395 (.pdf 227 KB)
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