Es una prestación contributiva en dinero a la que tiene derecho todo trabajador, en carácter de retiro de la actividad remunerada, siempre que reúna ciertos requisitos de edad y servicios aportados.
Trabajadores de:
Estas causales son incompatibles con otra jubilación o retiro.
El 40 % del sueldo básico jubilatorio más un 1 % por cada año de servicios ordinarios computados, no pudiendo superar el total de 70 %.
Solicitud de reconocimiento de servicios
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