El Banco de Previsión Social informa que dispuso ampliar el régimen de facilidades de pago a más empresas.
El Banco de Previsión Social informa que dispuso ampliar el régimen de facilidades de pago a más empresas, de acuerdo a las facultades otorgadas por la Ley 19.185. El Directorio ha resuelto por unanimidad, extender la citada norma a quienes se encuentren comprendidos en alguna de las situaciones que se detallan:
- Empresas que, contando con 3 meses de obligaciones corrientes pagas, acrediten mediante declaración jurada, haber manifestado la voluntad de regularizar adeudos en formas de pago no contempladas en regímenes de facilidades anteriores.
- Empresas que acrediten mediante certificación contable haber sufrido una disminución de sus ventas de al menos un 25% (producto de factores exógenos a su gestión), comparando el último ejercicio cerrado incluido en la Ley 19.185, con el ejercicio anterior.
- Empresas en situación irregular de pagos en el período 05/2006 a 07/2013, que hubieren abonado al menos el 50% de los aportes personales declarados.
Por mayor información comunicarse al teléfono 0800 2001 Opción 1 - Asistencia al Contribuyente.