Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Planteamiento sobre situaciones especiales de trabajo doméstico

Se solicita regularizar la situación de un trabajador de servicio doméstico para reimputar o devolver importes abonados, ingresos o egresos tardíos. Las situaciones contempladas refieren cuando al cesar la actividad del trabajador, continuaron de parte del empleador realizando el pago de aportes, o cuando habiendo fallecido el titular de la empresa se realizaron pagos posteriores al fallecimiento, tanto si el trabajador cesó actividades, como si continuó prestando servicios para los sucesores.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Requisitos

Presentar nota con las formalidades de una petición en la cual se deberá establecer:

  • Datos identificatorios del trabajador doméstico (nombre completo y documento de identidad con fotocopia).
  • Fecha de cese de actividades o situación que se verifica (ejemplo fecha de nueva alta en caso de continuar actividades con herederos).
  • Número de registro de ambas empresas cuando se trata de traspaso.
  • En caso de fallecimiento del titular de servicio doméstico la petición debe ser realizada por parte del o los herederos, debiendo declarar su calidad de tal.

De considerarlo pertinente se anexará la documentación relativa al planteamiento realizado.


Importante: desde el 8/9/2025 y hasta 6/1/2026, quienes firmen peticiones, recursos o descargos deben acreditar haber votado en la elecciones departamentales y municipales del 11/5/2025. Por este motivo, se debe adjuntar o presentar la constancia de voto. En caso de no haber votado, se requiere la constancia de justificación expedida por la Corte Electoral o el comprobante de pago de la multa. 

Los firmantes que no cumplan lo anterior tendrán 30 días corridos para salvar la omisión. Transcurrido ese plazo, los escritos se tendrán por no presentados. Este control se ampara en lo establecido por la ley 16.017 y lo comunicado por la Corte Electoral.


Es requisito obligatorio para titulares de empresas unipersonales constituir domicilio electrónico ante BPS a través del servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?