Podrán realizar esta gestión todos los trabajadores y pasivos, que cobren prestaciones en BPS, y necesiten actualizar su domicilio y otros datos personales relacionados. Por este trámite podrá, además, solicitar el envío de su recibo de cobro de forma física.
A través de este trámite los pasivos de BPS podrán asesorarse, modificar la cuenta afiliada, o solicitar el giro del cobro de sus haberes en una cuenta bancaria en el exterior del país.
Se debe realizar una declaración jurada de ingresos para el ajuste a cuenta anual de las pasividades, correspondiente a enero del siguiente año, en las jubilaciones y pensiones mínimas.
A través de este trámite, los beneficiarios habilitados del Programa de Asistentes personales podrán elegir un Asistente personal —inscripto como tal en BPS— y registrar el vínculo o relación de dependencia.
Si a una persona se le ingresó fallecimiento por error, se puede subsanar la situación.
Podrán asesorarse los titulares que cobran una prestación de BPS y no saben cuál es su local de cobro, o se cambiaron de local de cobro y quieren saber si ya está visible esta información en BPS.
Aquellas personas comprendidas en el artículo 227 de la Ley 20.130 que deseen desafiliarse del Régimen Mixto, deberán asesorarse previa y obligatoriamente en BPS.
Si un apoderado cobra una prestación cuyo titular se encuentra fallecido, este generará un cobro indebido a su nombre.
Permite asesorarse y realizar algunas gestiones vinculadas al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).
Una vez iniciado su trámite jubilatorio podrá aportar documentación complementaria, modificar la solicitud inicial o solicitar asesoramiento sobre la información recibida de su cálculo previo.