Trámites
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Las empresas podrán dar de alta los documentos de aquellos trabajadores que no se encuentren registrados en la base de datos de BPS, tanto de nacionalidad uruguaya como extranjera. Las personas podrán realizar este trámite y, además, solicitar modificaciones de nombres, apellidos, sexo y fecha de nacimiento.
Las empresas podrán actualizar los vínculos de sus trabajadores para que estos puedan percibir correctamente sus prestaciones o evitar que se interrumpan beneficios adquiridos, también podrán hacerlo los prestadores de salud. En estos casos solo se podrán registrar vínculos de hijos y matrimonio. Las personas también podrán registrar los siguientes vínculos familiares: hijos, matrimonio, concubinato, la disolución de estos últimos (divorcio o separación) o registrar tenencias judiciales.
Jubilación por incapacidad total
TrámiteCuando un trabajador presenta una incapacidad absoluta y permanente para todo tipo de trabajo podrá acceder a esta prestación.
Es una prestación económica que se otorga a niños y adolescentes por la totalidad de los lentes, es decir, el monto de los cristales según la receta médica y el monto fijo para el armazón.
Obtener recibo de cobro
TrámiteLos usuarios de cobro de prestaciones que necesiten obtener su recibo podrán hacerlo de acuerdo a lo indicado en este trámite.
Los usuarios de Ayudas Extraordinarias pueden solicitar el resultado de su evaluación técnica.
Consiste en la presentación de la retención judicial por pensión alimenticia en BPS.
Pago a terceros por única vez
TrámiteAutorización por única vez que le permite a otra persona cobrar la prestación de un pasivo.
Pago de cuota de cobro indebido que se encuentra vigente y que fue convenido previamente.
Es una prestación económica mensual que se genera a partir del fallecimiento, desaparición o ausencia de una persona generante de derecho a los efectos de suplir la falta de ingresos en el núcleo familiar. También generan el derecho a esta pensión los jubilados procesados por delito con pena de penitenciaría de más de 24 meses, solo para beneficiarios cónyuges o concubinos e hijos menores de 21 años.