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Si el titular de la prestación no pudiera concurrir a efectuar el cobro y no contara con apoderados registrados para realizarlo, se autorizará un poder que permita a un tercero realizar el retiro de efectivo en su nombre. Este pago podrá ser solicitado una única vez en el periodo de un año.
Los titulares de prestaciones, orientados en tiempo y espacio, que no puedan acudir personalmente a cobrar su beneficio y carezcan de un apoderado registrado, así como los curadores, tutores o representantes legales que ejerzan la patria potestad, podrán solicitar esta autorización.
Los titulares que se encuentran habilitados para gestionar este trámite, son aquellos afiliados bajo el régimen de cobro en efectivo.
Pueden solicitarlo personas mayores de edad, a partir de la fecha de cobro establecida para el titular, debiendo presentar lo siguiente:
Messenger
0800 1997
*1997 desde celular
De lunes a viernes de 8 a 18 h
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