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Contribución para lentes comunes

Es una prestación económica para aquellos beneficiarios que, según prescripción médica, necesitan lentes de cristales de cerca, lejos o bifocales.

A quién corresponde

  • Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales). Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 113).
  • Quienes estén amparados al Subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 113).
  • Trabajadores independientes: monotributistas; patrones unipersonales (industria y comercio y rurales) y cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
  • Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
  • Docentes de la Escuela y liceo Elbio Fernández.
  • Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes.

Requisitos

Para realizar el trámite deberá presentar:

  • Cédula de identidad vigente
  • Receta médica en buen estado con:
    • Fecha de expedición menor a 60 días
    • Nombre completo y CI del beneficiario
    • Firma y aclaración de firma del profesional y número de registro en Caja Profesional.
  • Timbre profesional para lentes ($ 39,00). Las recetas expedidas por ASSE u Hospital de Clínicas no requieren timbre profesional. El timbre tiene que estar pegado en la receta e invalidado.
  • Los beneficiarios menores de 40 años que soliciten lentes multifocales deberán anexar a la receta médica un informe del oftalmólogo tratante, donde fundamente la indicación de este tipo de lentes. Esta documentación deberá quedar en el proveedor elegido. 
  • Renovación anticipada (menor a dos años, siempre que la graduación varíe al menos un 15 %), además, debe aportar:

A tener en cuenta: 

  • No se admitirán órdenes, facturas, recetas o recibos de ópticas de plaza aunque vengan con la firma del oftalmólogo.
  • Lentes comunes de lejos y de cerca podrán especificarse en una única receta.
  • Si se solicita algo especial deberá constar claramente en la receta del médico tratante. 

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Por correo electrónico

Solo en los casos que requieran autorización médica de BPS (renovación menor a dos años), se deberá enviar la documentación —fotografiada o escaneada—  por correo electrónico.

Montevideo: a la casilla ProtesisComunes@bps.gub.uy.

Interior del país: Los usuarios del interior del país podrán enviar su solicitud a la casilla de mail protesiscomunesinterior@bps.gub.uy

Presencial



Vías de consulta

  • (2) 1997

    De lunes a viernes de 8 a 18 h.



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