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Es una prestación económica que brinda el Banco de Previsión Social a personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo. La ayuda extraordinaria está destinada a contribuir con el costo de: escuelas, instituciones de rehabilitación o instituciones recreativas o deportivas, transporte contratado para el traslado desde y hacia las instituciones, boletos para el acompañante del usuario.
Personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo, previa comprobación por parte del equipo técnico de BPS, que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
A tener en cuenta: en el caso de convenios Mides e INAU, la tramitación se realiza desde estos organismos.
El trámite deberá ser gestionado por el representante legal o por el propio beneficiario (si éste es ser mayor de edad y no se encuentra bajo régimen de curatela).
Importante: para realizar su solicitud de Ayuda extraordinaria, deberá encontrarse registrado el vínculo entre el usuario y su responsable legal (Consultar mis vínculos). De no estar registrado, deberá ingresarse previamente: Ingreso y modificación de vínculos familiares.
Montevideo: enviando un mail a la casilla evaluacionayex@bps.gub.uy desde el correo electrónico asociado a su Usuario personal BPS. El asunto del mail debe ser la cédula de identidad del beneficiario y el nombre completo. La documentación requerida debe ser escaneada en un único archivo con formato .pdf (máximo 5 MB).
Interior del país: enviando un mail a la casilla ayexinterior@bps.gub.uy desde el correo electrónico asociado a su Usuario personal BPS. El asunto del mail debe ser la cédula de identidad del beneficiario y el nombre completo. La documentación requerida debe ser escaneada en un único archivo con formato .pdf (máximo 5 MB).
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