Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Medias de compresión

Es una prestación económica para los trabajadores que, según prescripción médica, necesitan medias de compresión a los efectos de favorecer el reintegro laboral a su tarea habitual o a actividades compatibles con sus capacidades remanentes.

A quién corresponde

  • Trabajadores dependientes del sector privado (industria y comercio, construcción, trabajo doméstico, rurales). Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
  • Quienes estén amparados al Subsidio por desempleo, por enfermedad, por maternidad o perciban el complemento por indemnización del Banco de Seguros del Estado. Quedan excluidos los trabajadores en régimen de Jornales solidarios (VF 133).
  • Trabajadores independientes: monotributistas; patrones unipersonales (industria y comercio y rurales) y cónyuges colaboradores con hasta cinco dependientes, con opción de cobertura mutual.
  • Representantes legales de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) (VF 124), administradores SAS (VF 120) y directores con remuneración SAS (VF 121).
  • Trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas con vínculo funcional 53 (cualquier seguro de salud).
  • Docentes de la Escuela y liceo Elbio Fernández.
  • Funcionarios del sector público con aportación civil. Según las condiciones de acceso y cobertura que rigen en los convenios vigentes.

Plazo

La prestación podrá renovarse a los 6 meses. Dentro de este período tampoco podrá solicitarse un tipo de medias distinto.

Requisitos

Los beneficiarios deberán contar con un diagnóstico e indicación médica. En caso de beneficiarios titulares de empresa deberán, además, estar al día con los aportes a BPS.

Documentación a presentar

  • Cédula de identidad vigente.
  • Receta médica en buen estado con: 
    • Fecha de expedición menor a 60 días respecto al día de solicitud.
    • Nombre completo y CI del beneficiario.
    • Firma y aclaración del profesional con número de registro en Caja Profesional. 
    • Timbre profesional de $ 140,00 (excepto para recetas médicas del Hospital de Clínicas o de ASSE). El timbre tiene que estar pegado en la receta e invalidado.
    • Diagnóstico e indicación del producto con detalle de las características de lo solicitado considerando la actividad laboral del solicitante.
    • La receta deberá indicar la altura y tensión. Ver Listado de montos fijos de prótesis y ortesis.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Los titulares beneficiarios deberán realizar el trámite directamente en los proveedores habilitados por BPS.



Vías de consulta

  • teléfono

    (2) 1997

    De lunes a viernes de 8 a 18 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?