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Consulta vinculante

Se presenta una petición, por parte del contribuyente, consultando sobre una situación de hecho real y actual referida a la administración tributaria, por un tema en la cual tiene un interés personal y directo.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Requisitos

Presentar nota con las formalidades de una petición exponiendo con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación que motiva la consulta y podrá, asimismo, expresar su opinión fundada. En caso de considerarlo pertinente, anexará la documentación relativa al planteamiento realizado.

Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar la gestión Amparadas al art. 30 de la Constitución - Peticiones, disponible para titulares de empresas unipersonales, socios de sociedades de hecho, representantes con facultades suficientes y terceros habilitados por delegación de permisos. Es necesario contar con usuario personal para acceder a los servicios en línea, tanto el titular como el representante y usuarios.

Presencial



Vías de consulta

  • 0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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