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Planteamiento sobre garantías

Esta gestión se realiza cuando se ofrecen bienes en garantía, en prenda o hipoteca, ante la necesidad de obtener un certificado especial o firmar un convenio cuando se tiene adeudos tributarios. Incluye las gestiones para cobro de seguro de siniestros para contribuyentes con embargo.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Requisitos

Presentar nota con las formalidades de una petición en la que se especifique la garantía a constituir, y adjuntar, según se trate:

1. Constitución o sustitución de garantía:

    • Tasación con indicación del valor de mercado y de remate del bien, presentada en hoja membretada, firmada por quien la realiza y con copia de su documento de identidad.

Esta tasación puede ser efectuada por rematador público habilitado, así como por personas o empresas idóneas, según el bien que se pretenda garantizar, tales como ingenieros industriales o agrónomos, veterinarios, aseguradoras, automotoras. 

    • Certificado notarial que acredite la propiedad del bien, que se encuentra libre de gravámenes y afectaciones, y que su titular no tiene embargos ni interdicciones.


Nota: si la empresa no es titular del bien, se debe acreditar la autorización del propietario.


2. Luego de autorizada la constitución de garantía, corresponde presentar:

    • Certificado del Registro de Actos Personales
    • Certificado del Registro de la Propiedad Inmueble o Mueble, según el caso, que acredite la propiedad.
    • Certificado del Registro Nacional de Comercio en caso de que el titular del bien o los anteriores sean personas jurídicas.
3. Cancelación de garantías: se gestiona una vez abonadas todas las obligaciones. Para ello, se deberá autorizar a un escribano público para realizar la cancelación de la garantía y retirar los títulos pertinentes.

4. Cobro de siniestros frente a una empresa aseguradora: debe adjuntarse constancia de la empresa aseguradora del siniestro referido y del monto a cobrar.


Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución.

Presencial



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