Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
Documentación requerida
Formulario 6351 o 6951 si se emite web (tarjeta de RUT).
Dos fotocopias del documento de identidad de los titulares que no concurran; si asistieran, alcanza con mostrar su documento vigente y una fotocopia.
Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar una fotocopia de su documento de identidad.
Certificación notarial y tres fotocopias estableciendo:
Con pacto de continuación previsto en contrato:
Firmas de los administradores y los presuntos herederos o cónyuge que ingresan.
Datos individuales de los titulares o socios que ingresan:
Nombre, debiendo certificarse si no tiene segundo apellido.
Documento de identidad (tipo, país de origen y número).
Fecha de nacimiento.
Estado civil.
Nacionalidad.
Mayoría de edad.
Domicilio particular
Detallar fecha de fallecimiento y quienes son los únicos presuntos herederos.
Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
Administración y representación.
Pacto de continuación de los herederos o del cónyuge del socio fallecido, según contrato social.
Establecer que son los únicos titulares o socios.
Sin pacto de continuación:
Firmas de los administradores.
Datos individuales de los titulares o socios que ingresan:
Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
Documento de identidad (tipo, país de origen y número).
Estado civil.
Nacionalidad.
Mayoría de edad.
Domicilio particular.
Administración y representación.
Establecer que son los únicos titulares o socios.
La no existencia de pacto de continuación.
Detallar fecha de fallecimiento.
Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
En caso de proceder el art. 232 de la Ley 16.060 remitirse al instructivo de Modificaciones de titulares de sociedades personales con contrato.
En caso de fallecimiento del único representante, establecer en el certificado notarial que la representación es indistinta mientras no se realice modificación del contrato (art. 200 de la Ley 16.060).
Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).
Modalidad y lugar donde se realiza el trámite
En línea
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones.
Por favor, califique el contenido.