Inscripción de sucesiones de contribuyentes unipersonales
Inscripción de sucesión de contribuyente unipersonal.
A quién corresponde
Empresas contribuyentes.
Plazo
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de fallecimiento. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Requisitos
En todos los casos se debe presentar:
Formularios:
- Formulario 0351 Inscripción y actualización (en tres vías y doble faz), con un timbre profesional.
- Formulario 0352 Personas físicas vinculadas o 0353 Personas jurídicas vinculadas según corresponda (en tres vías y doble faz), con un timbre profesional.
- Formulario 0355 Cancelación (en tres vías), con un timbre profesional y firmado por todos los presuntos únicos herederos, que acredite la clausura a la fecha de fallecimiento del causante.
- Formulario Dec. jurada trabajadores no dependientes 205 (en dos vías), excepto empresas rurales, con un timbre profesional.
En caso de bienes rurales gananciales del titular fallecido, BPS inscribe la sociedad de hecho entre los sucesores y el cónyuge supérstite. Por su parte, DGI inscribe la sociedad de hecho, la sucesión y vincula el RUT sucesor a la sociedad de hecho.
En este caso, además de los formularios que se detallan, se deberá agregar:
- Formulario 351, en tres vías, para inscribir la sociedad de hecho de los sucesores y el cónyuge supérstite, con un timbre profesional.
- Formulario 353, en dos vías, exclusivamente para que DGI incorpore el RUT sucesor a la sociedad de hecho, con un timbre profesional.
Documentación requerida:
- Dos copias de documento de identidad de todos los presuntos únicos herederos que no concurran; si asistieran, alcanza con mostrar su documento vigente y una copia.
- Formulario 6351 (tarjeta de RUT).
- Certificación notarial y tres copias estableciendo:
- Firma de todos los presuntos únicos herederos.
- Fecha del fallecimiento.
- Datos personales de los presuntos únicos herederos: nombres y apellidos (debiendo establecerse si no tiene segundo apellido), documento de identidad, domicilio particular (si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país), domicilio fiscal.
- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar una copia de su documento de identidad.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas que no tienen restricciones en la forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Notas:
- El certificado notarial puede ser el mismo para la inscripción de la sucesión y la clausura del causante.
- En caso de contribuyentes rurales se deberá tener en cuenta lo establecido en el trámite Inscripción de empresas rurales.
- Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
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