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Soluciones habitacionales

Inscripción o renovación al Programa de Soluciones Habitacionales del BPS. Este programa tiene tres tipos de soluciones: vivienda, cupos cama y subsidio de alquiler.

A quién corresponde

Jubilados y pensionistas de BPS con residencia permanente en el país. 

Requisitos

  • Ser jubilado o recibir pensión contributiva (por fallecimiento) de BPS.
  • Los ingresos nominales (básico) no pueden superar las 12 UR al momento de la inscripción.
  • Es impedimento para acceder al programa ser propietario, copropietario, titular de derecho de uso y habitación, promitente comprador, usufructuarios o titulares de otros programas de vivienda.
  • Además de la jubilación y pensión servidas por BPS, se le sumarán todos los ingresos regulares y permanentes de cualquier naturaleza, es decir, ingresos por caja militar, policial, bancaria, profesional, notarial o extranjera. Asimismo, se tomarán en cuenta los ingresos percibidos por alguna actividad extra, o alguna ayuda monetaria familiar. Quedan exceptuadas de este punto las prestaciones por concepto de rentas personales permanentes por accidentes de trabajo del BSE y de prima por edad.
  • De declarar que va a cohabitar con otra u otras personas los requisitos para estas son los mismos que para los aspirantes.

Deberá presentarse con:

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado.
  • Recibos de otras cajas (en caso de corresponder).
  • En el caso de que el solicitante desee vivir con alguna persona, deberá concurrir además con cédula de identidad y recibo de ingresos de estas.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • 2400 9196

    De 9.15 a 16 h.

    Turismo social: internos 1720, 1722, 1726, 1749

    Soluciones habitacionales: interno 1707

    (2) 1997

    De lunes a viernes de 8 a 18 h.



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