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Pensión por invalidez

Es una prestación no contributiva que se abona mensualmente a personas con discapacidad —según dictamen médico del sector Evaluación de incapacidad— y en situación de carencia de recursos (no es requisito para los casos de discapacidad severa).

A quién corresponde

  • Personas con discapacidad común y en situación de carencia de recursos para hacer frente a sus necesidades vitales.
  • Personas con discapacidad severa.

Es una prestación para quienes residan en Uruguay. También en Argentina o Brasil a no más de 5 km de la frontera.

Requisitos

Documentación requerida para solicitudes por primera vez o renovaciones

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado.
  • Historia clínica de los últimos dos años.
  • Formulario de Pensión por invalidez completo por el médico tratante, que se puede obtener haciendo clic aquí, personalmente en la sucursal más cercana de Montevideo o en las unidades descentralizadas del BPS.
  • De tratarse de un beneficiario menor de edad, se deberá registrar la patria potestad o tenencia, según corresponda. Asimismo, cuando los usuarios solicitantes sean declarados incapaces judicialmente, el curador designado deberá registrar el poder de curatela. Ver trámite de Poderes

A tener en cuenta:

  • Las renovaciones podrán solicitarse a partir de los 180 días previos al vencimiento del dictamen médico.
  • Los solicitantes declarados incapaces judicialmente no deberán presentar historia clínica ni formulario. El curador deberá presentar su cédula de identidad y la del beneficiario, vigentes y en buen estados y oficio judicial.

Documentación requerida para reconsideración de dictámenes médicos (a partir de los 6 meses de la denegatoria)

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado.
  • Nueva documentación médica que no se haya aportado hasta el momento.
  • Formulario de Pensión por invalidez completo por el médico tratante, que se puede obtener haciendo clic aquí, personalmente en la sucursal más cercana de Montevideo o en unidades descentralizadas del BPS.

Consultas

Interior del país: puede consultar a través de la casilla correspondiente a su localidad de acuerdo al siguiente listado.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • (2) 1997

    De lunes a viernes de 8 a 18 h.



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