Corresponde a la inscripción de empresas con padrones rurales con explotación de cualquier tipo o con explotación por terceros (excepto los padrones rurales destinados a autoconsumo, sin explotación y actividades recreativas).
A quién corresponde
Empresas contribuyentes.
Plazo
Todas las naturalezas jurídicas con excepción de unipersonal y sociedad de hecho: el plazo para la inscripción es el mismo que para la inscripción de la naturaleza jurídica correspondiente, el no cumplimiento del mismo genera sanciones.
Únicamente unipersonal y sociedad de hecho:
- Dentro de las 72 h hábiles posteriores a la toma de posesión sin multa.
- Luego de las 72 h posteriores a la toma de posesión, multa de 1 UR.
Requisitos
Formularios:
Los correspondientes a la naturaleza jurídica del contribuyente que se registra y además agregar:
Documentación requerida:
- Dos fotocopias de documento de identidad del titular que no concurra; si asistiera, alcanza con mostrar su documento vigente y una fotocopia.
- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar una fotocopia de su documento de identidad.
- Certificación notarial y dos fotocopias estableciendo:
- Firmas de los integrantes, datos completos, incluido estado civil y domicilios personales.
- Domicilio fiscal: este domicilio es el del padrón rural, debiendo establecerse el mismo de la forma más precisa posible: ruta, km, camino, padrón, departamento, sección judicial o catastral, etc.
- Titularidad, modo, fecha de adquisición y de quién lo hubo, fecha de toma de posesión, número de padrón, cantidad de hectáreas, índice coneat, indicar el destino que se le da al bien (si tiene explotación, que tipo; si se arrienda, a quién; o cualquier otro que fuere, tipo de contrato: oneroso o gratuito) e indicar desde que fecha tiene ese destino.
- Si el escribano no pudiera certificar el destino, se presentará acta ante escribano público suscrita por dos testigos que atestigüen lo declarado.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Notas: corresponde el formulario Anexo de R-500 cuando no coincide la titularidad del padrón con la explotación.
Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
Modalidad y lugar donde se realiza el trámite
Presencial
Por favor, califique el contenido.