Consiste en realizar una simulación de la futura jubilación a partir de la información que aporte el trabajador, el BPS y la AFAP. Se informará cómo se determinan las prestaciones del régimen de ahorro individual (AFAP) y los efectos de la revocación del art. 8 Ley 19.162 para facilitar la decisión del trabajador.
Personas entre 40 y 49 años de edad, que hayan optado por ampararse al art. 8 y no cuenten con jubilación al amparo del Régimen Mixto.
Deberá presentarse el titular con cédula de identidad vigente y en buen estado. Es conveniente que concurra con los siguientes datos:
Noventa días desde la fecha de realizado el asesoramiento.
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