Corresponde al cambio de administrador o directorio de sociedades anónimas.
Plazo
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Requisitos
Formularios:
0352 Personas físicas vinculadas o 0353 Personas jurídicas vinculadas según corresponda.
Documentación requerida:
- Formulario 6351 o 6951 si se emite de la web (constancia de inscripción de RUT).
- Copia de documento de identidad de los titulares.
- Certificación notarial estableciendo:
- Firmas del administrador o directores que ingresan.
- Datos individuales del administrador o directores que ingresan:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de identidad.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal.
- Domicilio particular.
- Si algunos de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
- Administración y representación. En caso de persona jurídica administradora o representante nombrar a la persona física a través de la cual actuará (art. 82 Ley 16.060).
- Fecha de la modificación, haciendo referencia que tuvo a la vista el acta del libro de acta de asamblea donde se establece el cambio. Debe indicar cómo quedó integrado el directorio y sus respectivos cargos.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Nota: se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados (de corresponder).
Modalidad y lugar en la que se realiza el trámite
En línea
El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.
Por favor, califique el contenido.