Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Modificación de domicilio constituido o fiscal - Exclusivo BPS

Esta gestión se realiza para modificar el domicilio constituido o fiscal de contribuyentes con obligaciones únicamente ante BPS (servicio doméstico, usuarios de servicio, obras de mantenimiento).

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

Domicilio fiscal: hasta 30 días corridos a partir de la fecha de modificación. Se debe tener presente que este trámite genera sanciones si se presenta fuera de plazo.

Requisitos

La información necesaria para el trámite se completa en línea, por lo que no se requiere presentar documentación. 
A tener en cuenta:
  • En el caso de los trabajadores domésticos, la cobertura del Banco de Seguros del Estado aplica desde el momento en que se comunica el domicilio a BPS.
  • Domicilio constituido, es aquel que se fija a efectos tributarios, donde será notificado el contribuyente de cualquier actuación administrativa del BPS.
  • Domicilio fiscal, es aquel donde se desarrolla la actividad de la empresa. Si la empresa cuenta con otros domicilios donde desarrolla actividad, debe declararlos. Ver requisitos.
  • Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades de responsabilidad limitada de todas las aportaciones, que no tienen restricciones en la forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Modificar domicilio constituido o fiscal de contribuyente.

Este trámite genera el costo de un timbre profesional que será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?