Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Solicitar certificado especial

Los contribuyentes de BPS podrán solicitar certificado especial que les habilite a realizar las transacciones definidas en los artículos 662, 664 y 665 de la ley 16.170.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Requisitos

En línea

Los datos de la solicitud se completan en línea. 

Según el motivo por el cual se solicita el certificado, se debe considerar: 

Vehículos: para la enajenación de vehículos de transporte de carga, aeronaves o embarcaciones no afectados a la actividad de la empresa, se debe adjuntar un certificado notarial que acredite esta situación.

Establecimientos: para la enajenación de establecimientos comerciales, agropecuarios o industriales, cuando hayan cesado todas las actividades del contribuyente, se debe adjuntar la compraventa con acta de toma de posesión.

Inmuebles urbanos o rurales:

  • Ceder derechos de promesa de enajenación de inmueble, se debe contar con promesa inscripta, acreditando a través de un certificado notarial la fecha y número de inscripción en DGR.
  • Adquirir y gravar inmueble de forma simultánea, se debe tener en cuenta la existencia o no de promesa inscripta, acreditando a través de un certificado notarial tal extremo y en caso de existir, la fecha y número de inscripción en DGR. 
  • Todas las solicitudes que involucren un inmueble rural, deberán acreditar la fecha de toma de posesión mediante un certificado notarial. 
  • Tratándose de padrones fusionados o fraccionados, deberá adjuntar un certificado notarial, relacionando los datos de la fusión o fraccionamiento, fecha y padrones resultantes.
  • Inmueble sin construcciones, se debe adjuntar el Certificado de arquitecto o ingeniero civil (acceda al instructivo con la guía para completarlo).
  • Inmueble con construcciones: completar el recuadro correspondiente a la declaración jurada de no obra. Más información.
En caso de existir obras activas, no corresponde completar ese campo.

A tener en cuenta:

  • El certificado de arquitecto o ingeniero civil debe ser presentado con firma electrónica y no corresponde estamparle el timbre profesional (será incluido en la cuenta del contribuyente que realiza la solicitud). Acceda a más información para los documentos firmados electrónicamente (ver instructivo).
  • Los documentos a adjuntar deben tener los formatos .doc, .docx, .zip, .pdf, .jpg y no pueden superar los 2 MB de tamaño.  
  • Si la solicitud de certificado especial fue observada, el contribuyente cuenta con 60 días corridos desde la fecha de observación para subsanarla. Transcurrido este plazo, la solicitud será rechazada y se deberá iniciar el trámite nuevamente.
  • Las solicitudes que contengan observaciones que involucren una gestión por parte del contribuyente (pagos, modificaciones registrales, etc.), se procesan automáticamente en un plazo de 48 h una vez subsanadas, por lo que no requieren comunicación al respecto.
  • Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones, que no tienen restricciones en la forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Consultas

Se canalizan a través del servicio Consúltenos, deben seleccionar el tema Empresarios y motivo Certificados Especiales.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Solicitar y descargar certificados comunes o especiales.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?