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Reclamos de retención judicial por pensión alimenticia

Este servicio permite a personas beneficiarias de pensiones alimenticias, cuya retención judicial se encuentra registrada en BPS, presentar reclamos específicos relacionados con: presentación del oficio judicial; liquidación realizada por BPS; envío de comunicaciones a las empresas obligadas a retener y forma o fecha de pago, únicamente en los casos en que BPS efectúe el pago.

A quién corresponde

A titulares o apoderados registrados en BPS que sean beneficiarios de una pensión alimenticia con retención judicial ya ingresada en el sistema del organismo.

Requisitos

Presencial: deberá presentarse el titular o apoderado registrado en BPS, con cédula de identidad vigente.

En líneael titular o apoderado, registrado en BPS deberá enviar:


A tener en cuenta: este canal está destinado exclusivamente a la recepción de reclamos específicos.
No se atenderán:
  • Consultas generales sobre cómo se tramita una retención judicial. Estas deberán gestionarse ante el Juzgado correspondiente o mediante asesoramiento legal.
  • Reclamos por falta de pago o incumplimiento por parte de la empresa obligada a realizar la retención. Deberán ser dirigidos directamente a dicha empresa.
  • Solicitudes relacionadas con retenciones aún no registradas en BPS. El reclamo podrá presentarse una vez confirmado el ingreso del oficio judicial en el sistema del organismo.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio en línea Reclamar mi retención judicial por pensión alimenticia, ingresando con su Usuario personal BPS.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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