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Se hacen dos cálculos y se otorga el más beneficioso para la persona.
En el primero, se tienen en cuenta exclusivamente las sumas percibidas en los últimos seis meses inmediatos anteriores a la fecha de inicio del subsidio. En este cálculo se incluyen los montos correspondientes a inactividad compensada (enfermedad, maternidad, banco de seguros) junto con los montos declarados por la empresa.
En el segundo se excluyen los períodos de inactividad compensada, sustituyéndolos por los meses inmediatamente anteriores de trabajo efectivo.
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