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Se difiere el pago de las obligaciones de empresas rurales con explotación de padrones en Montevideo, Canelones, Colonia, Florida, Lavalleja, Maldonado, Rocha y San José.
En el marco de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo para atender la situación generada por el déficit hídrico que afecta a parte del país, y según lo establecido en el decreto de 20 de enero de 2026, se prorrogan los vencimientos de las obligaciones del tercer cuatrimestre de 2025 y primer cuatrimestre de 2026 para los contribuyentes rurales que tengan padrones con explotación agropecuaria, total o parcial, en los departamentos: Montevideo, Canelones, Colonia, Florida, Lavalleja, Maldonado, Rocha y San José.
Los pagos de las obligaciones por contribuciones especiales de seguridad social podrán realizarse, sin multas ni recargos, hasta las siguientes fechas:
Por otra parte, se señala que continúa vigente el plazo establecido para la presentación de nóminas de los contribuyentes rurales, de acuerdo con el calendario de vencimientos 2026. Asimismo, la prórroga dispuesta no modifica las fechas de pago de las cuotas de convenios exigibles en dichos cuatrimestres, las que deberán abonarse en el mes que corresponda.
Por más información, puede comunicarse al teléfono 0800 2001, Asistencia al Contribuyente.
Comunicado 3/2026
Decreto Poder Ejecutivo 20-01-2026
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