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Se extiende el pago de las obligaciones tributarias de empresas rurales con explotación agropecuaria, total o parcial, en padrones localizados en el departamento de Salto, así como para productores de Artigas, Cerro Largo, Paysandú y Treinta y Tres, listados en el decreto de 214/026, de 7 de setiembre de 2026. Los pagos podrán realizarse, sin multas ni recargos, hasta el 30 de noviembre de 2026.
En el marco de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo para atender la situación generada por la emergencia granjera que afecta a parte del país, se prorrogan los vencimientos de las obligaciones tributarias del segundo cuatrimestre de 2026 para los contribuyentes rurales mencionados.
Esta prórroga no modifica el plazo para la presentación de nóminas rurales establecido en el calendario de vencimientos 2026, como tampoco las fechas de pago de las cuotas de convenios exigible en el segundo cuatrimestre rural.
Por más información, puede comunicarse al teléfono 0800 2001, Asistencia al Contribuyente.
Comunicado 15/2026
Decreto Poder Ejecutivo 214/026, de 07/09/2026
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