Los importes correspondientes a las prestaciones de alimentación, médicas, seguros y gastos de transporte, se gravan únicamente con aportes patronales jubilatorios, a una tasa de 7,5% (Art. 167 Ley 16713).
2019 - Comunicado 08 – Partidas por alimentación - Modificaciones (.pdf 120 KB)
Comunicado Prestaciones de Alimentación, Médicas, Seguros y Transporte - Dic/2008 (.pdf 178 KB)
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