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Reembolso por internación psiquiátrica

BPS ampara a los trabajadores de la actividad privada que padecen afecciones psíquicas y requieren internación según médico tratante. La prestación consiste en reembolsar al prestador de salud el costo de la internación de sus afiliados en clínicas psiquiátricas, por los períodos posteriores a los primeros 30 días, por un plazo que no exceda el correspondiente al amparo de Subsidio por enfermedad (máximo de dos años en forma continua o alternada en cuatro años).

A quién corresponde

Prestadores de salud.

Plazo

El plazo habilitado para la presentación de facturas es del 10 de enero al 30 de noviembre de cada año.

Requisitos

Para hacer efectivo el pago, el prestador de salud deberá presentar una nota en papel membretado indicando:  

  • Lugar y fecha.
  • Nombre y cédula del beneficiario.
  • Período facturado en cada clínica indicando el nombre de esta.
  • Costo diario de internación sin IVA.
  • Cantidad total de días a facturar.
  • Costo total sin IVA.
  • Costo total con IVA.
  • Firma, aclaración y cargo que ocupa la persona responsable.

Por los primeros 30 días de internación:

  • Nota en papel membretado con detalle de fechas de los primeros 30 días, conteniendo firma, aclaración y cargo que ocupa la persona responsable.
  • Certificados médicos de ingreso y egreso de la clínica psiquiátrica, con nombre completo y CI del beneficiario, nombre de la clínica, fecha de ingreso o alta, firma, aclaración y nro. de Caja Profesional del médico tratante (deberán estar ingresados en el sistema).
  • Constancia de internación expedida por la clínica psiquiátrica con nombre completo y CI del beneficiario, fecha de ingreso o egreso, firma, aclaración y sellos por responsable de la institución.
  • Factura de la clínica psiquiátrica por el período facturado al prestador de salud, detallando los períodos facturados, la cantidad de días y el monto total con el desglose del IVA; en caso de que en la factura no figure identificado el beneficiario se deberá adjuntar nota de la clínica psiquiátrica con firma, aclaración y sello del responsable, informando que el paciente se encuentra incluido en dicha factura.

Por cada período facturado se requiere presentar:

  • Certificados médicos de ingreso y egreso de la clínica psiquiátrica con nombre completo y CI del beneficiario, nombre de la clínica, fecha de ingreso o alta, firma, aclaración y nro. de Caja Profesional del médico tratante (deberán estar ingresados en el sistema).
  • Constancia de internación expedida por la clínica psiquiátrica con nombre completo y CI de beneficiario, fecha de ingreso/egreso, firma, aclaración y sellos por responsables de la institución.
  • Factura de la clínica psiquiátrica por el período facturado al prestador de salud, detallando la información de los períodos, la cantidad de días y el monto total con el desglose del IVA; en caso de que en la factura no figure identificado el beneficiario se deberá adjuntar nota de la clínica psiquiátrica con firma, aclaración y sello del responsable, informando que el paciente se encuentra incluido en dicha factura.

Consultas

Los prestadores de salud de Montevideo podrán realizar consultas a través de la casilla TramitacionActivos@bps.gub.uy.

Los prestadores de salud del Interior podrán realizar consultas a través de la casilla GudeCambiosMutInt@bps.gub.uy.

Las consultas que sean exclusivamente vinculadas al sistema de facturación electrónica (portal o facturación) podrán realizarse a través de la siguiente casilla SoporteProveedores@bps.gub.uy.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio en línea Reembolso de internaciones psiquiátricas (disponible del 10 de enero al 30 de noviembre).



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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