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En caso de que no haya recuperado el beneficio en el transcurso del año, por no alcanzar el mínimo de facturación de 30 BPC, debe informar en la DJ para cada mes los importes facturados sin IVA, siendo el monto imponible de todo el año igual a cero y el seguro de salud “No beneficiario”. Asimismo, la obligación Fonasa también será cero por no existir obligaciones tributarias.
En caso de que haya recuperado el beneficio en el transcurso del año, por haber alcanzado el mínimo de facturación de 30 BPC, debe establecer en su declaración:
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