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Subsidio especial de inactividad compensada

El subsidio especial de inactividad compensada (SEIC) es una prestación económica que se otorga por un período máximo de dos años a quienes, habiendo quedado sin empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación por falta de edad o años de trabajo.

A quién corresponde

Trabajadores que, habiendo quedado sin empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación por falta de edad o años de trabajo. Deberán cumplir con las condiciones indicadas en Subsidio especial de inactividad compensada.

Requisitos

Para realizar el trámite deberá concurrir con:

Ver video tutorial ¿Cómo completo la declaración de períodos trabajados?

Consultas

Montevideo: si cuenta con Usuario personal BPS, puede enviar su consulta ingresando al servicio en línea Consúltenos, tema: Trabajadores o Jubilaciones y Pensiones motivo: Consultas sobre jubilaciones y pensiones.

También podrá concurrir de forma presencial y sin agenda previa a Informes en el edificio Sede, planta baja, o Sucursales de Montevideo.

Interior del país: desde el interior del país pueden enviar un correo electrónico de acuerdo al listado. Si aún no inició su trámite, también podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial y sin agenda previa a sucursales de todo el país.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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