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El subsidio especial de inactividad compensada (SEIC) es una prestación económica que se otorga por un período máximo de dos años a quienes, habiendo quedado sin empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación por falta de edad o años de trabajo.
Trabajadores que, habiendo quedado sin empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación por falta de edad o años de trabajo. Deberán cumplir con las condiciones indicadas en Subsidio especial de inactividad compensada.
Para realizar el trámite deberá concurrir con:
Montevideo: si cuenta con Usuario personal BPS, puede enviar su consulta ingresando al servicio en línea Consúltenos, tema: Trabajadores o Jubilaciones y Pensiones motivo: Consultas sobre jubilaciones y pensiones.
También podrá concurrir de forma presencial y sin agenda previa a Informes en el edificio Sede, planta baja, o Sucursales de Montevideo.
Interior del país: desde el interior del país pueden enviar un correo electrónico de acuerdo al listado. Si aún no inició su trámite, también podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial y sin agenda previa a sucursales de todo el país.
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