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Subsidio especial por desempleo parcial

Este subsidio les corresponde a los trabajadores dependientes de la industria frigorífica que se encuentran en una situación de suspensión parcial de actividades o reducción de la jornada laboral. La reducción debe producirse durante la vigencia de las resoluciones ministeriales.

A quién corresponde

Trabajadores dependientes, mensuales, jornaleros y con remuneración mixta, que se encuentran en una situación de suspensión parcial de actividades. Que cuenten con una reducción de seis días completos de trabajo como mínimo y 19 como máximo en el mes o la reducción de la jornada laboral de al menos un 50 % del horario habitual.

También, los trabajadores destajistas o con remuneración de tipo comisión con una reducción parcial de un 50 % o más en sus ingresos promedio (de los seis meses inmediatos anteriores).

Requisitos

Las empresas que requieran gestionar el amparo a este régimen especial lo deberán tramitar a través de los servicios en línea. 

Los casos recibidos serán gestionados por BPS y se comunicará el resultado a los trabajadores a través de los contactos registrados.

Consultas

Los trabajadores pueden realizar consultas, con su usuario personal, a través del servicio en línea Consúltenos, ingresando la opción Consultas sobre desempleo.

Las consultas de empresas deberán canalizarse a través del Consúltenos, seleccionando Tema: Empresarios, Motivo: Consultas sobre desempleo.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

La empresa deberá ingresar con su usuario personal al servicio en línea Ingresar solicitudes de subsidio por desempleo especial parcial.



Vías de consulta



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