Corresponde a la actualización de datos registrales que se deben realizar ante BPS por las gestiones ya realizadas en DGI, cuando se trate de contribuyentes con obligaciones ante ambos organismos.
Empresas contribuyentes.
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de modificación que corresponda a la actualización. Se debe tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Las consultas se canalizan a través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Registro -Trámites Exclusivos.
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, en el que deben seleccionar en el tema Registro de contribuyentes exclusivos BPS, el trámite Modificaciones exclusivas BPS y la gestión correspondiente.
Por favor, califique el contenido.