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Se encuentra vigente el subsidio especial para trabajadores de hoteles, apart-hoteles, hosterías, campamentos y similares, por reducción de días en los meses de setiembre a diciembre de 2023.
De acuerdo a lo establecido en las Resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) N° 317 de 27/09/2023 y N° 329 de 12/10/2023, las empresas pertenecientes al grupo 12, subgrupos 1 y 2, podrán amparar a sus trabajadores a un subsidio especial por reducción del número de días de trabajo en los meses de setiembre a diciembre de 2023.
Para acceder a este régimen especial, la reducción debe producirse dentro de un mes calendario completo, con un mínimo de 6 y un máximo de 19 jornales. El monto de la prestación será la diferencia entre el 75% del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables percibidas en los últimos 6 meses y lo abonado por la empresa en el mes de la reducción (este monto no podrá ser menor al 25 % del promedio antes mencionado).
Las empresas interesadas deben realizar la solicitud de amparo a este régimen ante el MTSS. No es necesario realizar ninguna gestión ante el BPS.
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