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Para determinar el monto de una jubilación por incapacidad se utiliza, como base de cálculo, un Sueldo Básico Jubilatorio (SBJ) al que se le aplica la Tasa de adquisición de derechos establecida en el art. 46 de la Ley 20.130. Para calcular el SBJ se hace una proyección del momento en que la persona alcanzaría los años de trabajo y edad para jubilarse, con un mínimo de 65 años.
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