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Mientras que el solicitante se encuentre dentro del período de cobertura de la prestación, podrá solicitarla.
Si le corresponde la prestación y la solicita dentro de los 180 días posteriores al fallecimiento, se abonará desde la fecha del fallecimiento. Si lo hace después, se abonará desde la fecha de solicitud.
Puede consultar el período de cobertura en Pensión por sobrevivencia generada desde el 1/8/2023.
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