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No debe hacer el reconocimiento de años trabajados. Sin embargo, si cuenta con nueva documentación probatoria de períodos trabajados que no pudo presentar al momento de solicitar su jubilación y cree que esta podría impactar en el cálculo, debe solicitar la revisión de su jubilación, que será reformada si corresponde. Por más información consulte en Reformas y revisiones de jubilaciones.
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