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8/4/2026
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Reconocimiento de años trabajados - vencimiento de plazo

Quienes tienen períodos de trabajo anteriores al 1.º de abril de 1996 que no figuran en su Historia Laboral, pueden solicitar su reconocimiento para sumarlos a su futura jubilación.

Las personas que residen en Uruguay y nacieron hasta el 1.° de junio de 1963 inclusive tienen tiempo para hacerlo hasta el 31 de mayo. Se deben agendar en Reconocimiento de años trabajados. Si ya se agendaron para este trámite o el de Solicitud de jubilación (que incluye el reconocimiento), solo deben esperar a la fecha de su reserva de agenda.

Si residen en el exterior pueden hacer esta gestión hasta el 31 de mayo de 2028. En este caso, podrán hacer el trámite en línea a través de Reconocimiento de años trabajados en Uruguay para residentes en el exterior.

Para los demás casos, según la edad, existen diferentes plazos para hacerlo en una etapa posterior:

Si nacieron entre el 2 de junio de 1963 y el 1 de junio de 1968, el plazo vence el 31 de mayo de 2027 y deben manifestar su intención de hacer el trámite más adelante, reservando su derecho a través del servicio Consultar situación para reconocer años trabajados.

Para aquellas personas que nacieron luego del 1 de junio de 1968, el plazo vence en una etapa posterior, por lo que no deben hacer ninguna gestión en la actualidad.

Las personas que tienen actividades con bonificación pueden agendarse para hacer el trámite antes del plazo que les correspondería, siempre y cuando estén por alcanzar los años de edad y trabajo para jubilarse. También podrán hacer el trámite antes del plazo quienes perciben una Pensión por vejez o invalidez.

Se puede acceder a más información y a los plazos en Reconocimiento de años trabajados.

Si tiene dudas sobre su situación, puede consultar en Consultar situación para reconocer años trabajados.

 

Por más información, comunicarse telefónicamente al 0800 1997, opción 4, por Whatsapp al 098 00 1997 o a través del Asistente en línea.