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Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Asistencia en línea
Este fondo está destinado a los trabajadores de la industria de la construcción comprendidos en el grupo n.° 9 de los consejos de salarios - Subgrupo 01. Posteriormente, se amplió la cobertura para incluir al personal eventual de las empresas comprendidas en el literal b) Hormigón prefabricado y premezclado del subgrupo 2 y 3 actividades complementarias.
Aportes al Focer
Las tasas de aportes establecidas son:
Recaudación a cargo de BPS
Consultas sobre el fondo: http://focer.org.uy/
Normativa
Ley 18.236, de 26/12/2007, creación del fondo de cesantía y retiro de la construcción.
Ley 19.045, de 2/1/2013, modifica aspectos vinculados al control del Focer.
Ley 20.488, de 10/12/2025, amplía los trabajadores incluidos.
Por favor, califique el contenido.
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