Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Cambio de aportación no dependiente

Esta gestión se realiza para declarar la empresa en la que el trabajador no dependiente debe realizar sus aportes, considerando el mayor monto imponible entre el sueldo ficto, el máximo salario de dependientes o su remuneración real.

A quién corresponde

Trabajador no dependiente con actividad patronal en más de una empresa con aportación Industria y Comercio (unipersonal, sociedad de hecho o sociedad personal con contrato, SAS: representante legal o administrador).

Plazo

El cambio de aportación se debe registrar hasta el vencimiento del pago del mes en que ocurre la modificación. Se debe tener presente que este trámite genera sanciones si se presenta fuera de plazo.

Requisitos

La información necesaria para el trámite se completa en línea, por lo que no se requiere presentar documentación. 


A tener en cuenta: 
  • Si requiere modificar un período de aportación cerrado (con fecha de inicio y fin) debe adjuntar un formulario 211 por cada periodo. Puede acceder al instructivo para completarlo. 
  • Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones, y los representantes que no tienen restricciones en la forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Cambiar empresa por la que aporta el trabajador no dependiente. Debe seleccionar la empresa por la que comienza a realizar aportes.

Este trámite genera el costo de un timbre profesional que será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.


Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?