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Solicitud de Ayuda extraordinaria por primera vez

Es una prestación económica que brinda el Banco de Previsión Social a personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo. Su objetivo es propiciar el desarrollo del potencial biopsicosocial, laboral y educacional del beneficiario, así como restablecer o restaurar las habilidades, compensar funciones perdidas, obtener el máximo nivel de autonomía y una mejor calidad de vida, contemplando su capacidad y aspiraciones. La Ayuda extraordinaria está destinada a contribuir con el costo de: escuelas, instituciones de rehabilitación o instituciones recreativas o deportivas, transporte contratado para el traslado desde y hacia las instituciones, boletos para el acompañante del usuario.

Requisitos

El trámite deber ser gestionado por el representante legal o el propio beneficiario si este es mayor de edad y no se encuentra bajo régimen de curatela. 

En caso de hacer el trámite en línea, se debe contar con Usuario personal BPS.

Documentación para inicio de trámite

  • Documento de identidad (vigente y en buen estado), del representante legal y del beneficiario.
  • En caso de no tener el vínculo entre ambos registrado en el BPS (puede consultarlo por el servicio en línea Consultar mis vínculos), deberá adjuntar, según corresponda, partida de nacimiento (con no más de 30 días de expedida), tenencia, curatela o poder.
    • De tratarse de partidas de nacimiento extranjeras, deberán estar legalizadas o apostilladas y traducidas al castellano (de corresponder) e inscriptas en la Dirección General del Registro del Estado Civil uruguayo (DGREC). Podrá solicitar la prestación presentando la constancia de haber iniciado este trámite y, una vez concluida la gestión, debe presentar la inscripción en la DGREC, para mantenerla. En estos casos no aplica la vigencia de 30 días.

Luego deberá aportar la documentación técnica requerida. 

Documentación técnica

  • Formulario de Evaluación técnica completo por el médico tratante, con timbre profesional valor $ 160,00 (formularios de ASSE u Hospital de Clínicas no requieren timbre).
Además se deberá aportar:
En caso de solicitar transporte o boletos:
  • Constancia de concurrencia a la escuela o instituto donde asiste.
En caso de solicitar instituto: 
  • Si el usuario tiene 6 años o más, informe diagnóstico de los tratamientos solicitados, o psicodiagnóstico, con timbre profesional valor $ 160,00 (informes emitidos por ASSE u Hospital de Clínicas no requieren timbre).
  • Nota de la Dirección Técnica del prestador de salud, informando si se brindan los tratamientos solicitados. De brindarlos, se deberá indicar cuál es período que cubre la institución médica y si el usuario completó ese período. Este documento no se requiere en el caso de usuarios que integren hogares con ingresos nominales inferiores a las 46,51 UR, a valor de enero ($ 81.132). Tampoco para beneficiarios de Pensión por invalidez o pacientes del Crenadecer.
  • Negativo funcionarios públicos, en caso de que el padre, la madre, tutor, así como el cónyuge, registre actividad civil en uno de los siguientes organismos públicos: AGESIC, ASSE, BHU, BROU, Cámara de Representantes, Comisión Administrativa del Palacio Legislativo, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior.
 
Consideraciones sobre los informes:
  • Deben ser originales, firmados por los técnicos actuantes, y tener menos de un año de antigüedad.
  • Deben contener timbre profesional valor $ 160,00 (excepto informes de ASSE u Hospital de Clínicas). 
  • No se requieren informes para beneficiarios de Pensión por invalidez, pensión Ley 18.850, pensión Ley 19.039 ni para pacientes del Crenadecer. 
  • El informe de la maestra no sustituye el informe psicopedagógico.
  • El equipo técnico del BPS podrá solicitar informes complementarios si lo considerara necesario para la valoración, independientemente de la edad del usuario.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Por correo electrónico

Los usuarios del interior del país podrán enviar su solicitud a la casilla de mail ayexinterior@bps.gub.uy

En línea

Los usuarios de Montevideo podrán iniciar el trámite a través del servicio en línea Consúltenos, seleccionando el tema Trabajadores y el motivo Ayudas Extraordinarias.


Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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