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Subsidio para cuidados del recién nacido

Es una prestación económica sustitutiva del salario que se otorga a partir de la finalización de la licencia maternal y se extiende hasta los seis meses de vida del niño. Se podrá utilizar en forma indistinta, pero no superpuesta, entre padre y madre. Trabajadores extranjeros que no posean cédula de identidad uruguaya no podrán realizar el trámite hasta tanto no obtengan el referido documento, con excepción de quienes posean documento especial fronterizo.

A quién corresponde

Las madres que hayan sido beneficiarias del subsidio por maternidad de BPS, los padres o ambos, en caso de que decidan alternar el uso del medio horario laboral.

El padre genera derecho siempre y cuando la madre del recién nacido haya hecho uso del subsidio por maternidad y se encuentre en actividad o amparada a subsidio por enfermedad.

Requisitos

En línea

Los titulares beneficiarios podrán iniciar el trámite a través del servicio en línea Subsidio para cuidados del recién nacido (Medio horario) que requiere contar con el Usuario personal BPS.

Presencial

Para realizar el trámite en BPS, quien realiza la opción, deberá presentarse con:

  • Cédula de identidad vigente
  • Nota de la empresa o las empresas con la siguiente información:
    • Datos de la empresa (nombre y número de empresa BPS)
    • Datos del trabajador
    • Período en que cumplirá el medio horario
    • Horario habitual de trabajo
    • Horario que cumplirá durante el subsidio
    • Periodo de licencia anual gozada y/o a gozar, generado en el ejercicio anterior
    • De existir convenio de pago durante el período de medio horario deberá informar en qué consiste y qué rubros cubre.

Las notas deben presentarse en hojas membretadas con sello, firma y CI de la persona responsable de la empresa para la realización de estos trámites. Los dependientes de empresas de servicio doméstico, asistentes personales y titulares de unipersonales con hasta un dependiente o monotributos, podrán presentar una nota simple, con la firma y el número de cédula de identidad del responsable, y fotocopia de su cédula de identidad.

  • Para solicitar la extensión del período por Ley n.º 20.000, además se deberá hacer referencia en la nota de la empresa a que el amparo es por dicha ley. En este caso, la gestión solo puede realizarse de forma presencial o a través del Consúltenos, seleccionando Tema: Trabajadores, Motivo: Consultas de Maternidad, Paternidad y medio horario.

Consultas

Los trabajadores pueden realizar preguntas, con su usuario personal, a través del servicio en línea Consúltenos seleccionando Tema: Trabajadores, Motivo: Consultas de Maternidad, Paternidad y medio horario.

Las consultas de empresas deberán canalizarse a través del Consúltenos, seleccionando Tema: Empresarios, Motivo: Maternidad/Patern/Subsidio parental para cuidados.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Por correo electrónico

Interior del país: enviando la documentación a la casilla correspondiente a su localidad de acuerdo a este listado.

En línea

A través del servicio Solicitar subsidio para cuidados del recién nacido - Medio horario.

Presencial



Vías de consulta

  • (2) 1997

    De lunes a viernes de 8 a 18 h.



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